Arreglo de Madrid (1891)

El Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas (Arreglo o Sistema de Madrid) es un acuerdo de 1891 entre varios países, por el que, las marcas nacionales de un conjunto de estados son protegidas en otro conjunto de estados. El acuerdo fue revisado en los años 1900, 1911, 1925, 1934 y 1957. En 1967 tuvo lugar una revisión importante en Estocolmo.

Los idiomas oficiales en los que se puede presentar el registro son español, francés e inglés. Salvo que la oficina de origen limite la entrega del registro a uno o dos de esos idiomas. El Arreglo de Madrid se administra desde la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) en Ginebra y todos los honorarios correspondientes se abonan en francos suizos. En el año 2007 se contabilizaron 38.471 peticiones de registro.[1]

Procedimiento para el registro internacional de marcas

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Para usar el Sistema de Madrid se han de seguir determinados procedimientos:

  1. Tener inscrita una marca nacional en la oficina nacional correspondiente, por ejemplo DPMA. Esta marca será considerada como marca básica o de iniciación.
  2. Realizar la solicitud en la oficina nacional de marcas, mencionando los países a los que se ceñirá.
  3. Remisión de la solicitud desde la oficina nacional a la OMPI.
  4. Publicación sin comprobación de la marca desde la OMPI en el listado de marcas Les Marques internacionales.
  5. Remisión de la solicitud desde la OMPI a las oficinas de marcas nacionales de aplicación y comprobación a través de ellas de si existe algún impedimento a dicha protección.
  6. En caso de que no exista ningún impedimento, la marca disfrutará de protección internacional, de manera idéntica a cualquier otra marca nacional, en los países a los que aplique.

El Sistema de Madrid simplifica de esta manera la costosa y pesada tarea de realizar solicitudes paralelas en la mayoría de las oficinas nacionales de marcas. Además, para la renovación de la marca en todos los países en los que se ha obtenido protección solo es necesario realizar un único trámite y pagar una sola tasa,[2]​ lo que facilita la gestión de la cartera de marcas.

El registro internacional de la marca se puede eliminar en los primeros cinco años, siempre y cuando la marca base ya no disfrute de ninguna protección. Las marcas con registro internacional disfrutan de una protección de 20 años, transcurridos los cuales se pueden renovar por otros 20 más, abonando las tasas correspondientes.

Protocolo adicional del Arreglo de Madrid

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En 1989 se firmó un protocolo adicional al Arreglo de Madrid. Dicho protocolo tiene entidad propia y complementa al acuerdo de Madrid. Los estados, incluso los ya miembros, tienen que firmar de manera separada este protocolo. El conjunto de estados que han aprobado ambos acuerdos reciben el nombre de Asociación de Madrid.

Las organizaciones también pueden unirse al protocolo, como por ejemplo la Unión Europea. De esta manera se combina el protocolo usado en el registro internacional de la marca con el sistema del mercado europeo. Sobre una marca con registro internacional, también se puede conseguir un registro comunitario. El protocolo simplifica el proceso de registro de la marca internacional; por ejemplo, se puede realizar la solicitud internacional al realizar la solicitud nacional. Los términos y periodos de protección son también mayores.

Miembros del Arreglo de Madrid y del Protocolo del Arreglo de Madrid

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Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas 56 Estados
Protocolo del Arreglo de Madrid 78 Estados
Asociación de Madrid 84 Estados[3]

Notas

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Enlaces externos

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